Redes sociales: son estructuras sociales compuestas por
conjuntos de personas que están conectadas por distintas relaciones, como la
amistad, parentescos, intereses comunes o diversos motivos.
Se pude distinguir entre
dos tipos de redes sociales preferentes:
1-
Analógicas
o redes sociales Off-line: estas
redes están formadas por grupos de personas que tienen relaciones comunes entre
ellos y se desarrollan sin sistemas electrónicos o informáticos conectados a la
red.
2-
Digitales
o Redes sociales On-Line: son
las que tienen su origen y se desarrollan a través de medios eléctricos e
informáticos.
a.
Redes horizontales las cuales se dirigen a todo tipo de usuarios sin un fin concreto Ej:
Facebook, Twitter.
b.
Redes Verticales las cuales se basan en un tema concreto y buscan conseguir un número de
usuarios que refleje esa temática o fin concreto.
(Web 2.0 y redes sociales, el éxito de la comunicación a
través de los contenidos de calidad)
NOTICIA:
Las nuevas herramientas de comunicación en
Internet, como las redes profesionales y sociales, están abriendo a los
periodistas un campo de acción inabarcable. Debido a su carácter interactivo,
la denominada comunicación 2.0 es una nueva especialización que no sólo deben
dominar los expertos en marketing, sino también los periodistas, aportando un
trabajo de creación y selección de informaciones fiables, actuales y
contrastadas.
Las
redes sociales y profesionales son una forma más de comunicación y divulgación
de actividades y novedades. Asimismo, se trata de un entorno idóneo para
generar contactos y sinergias profesionales. Pero para conseguir eficacia comunicativa y notoriedad es imprescindible implementar
contenidos de calidad, permanentemente actualizados y fiables.
Sin
duda las nuevas tecnologías ayudan a la sociedad en su crecimiento, a una
permanente información y conocimiento de la actualidad, comunicación en tiempo
real que abre nuevos horizontes para las relaciones de un mundo globalizado.
Sin embargo conviene tener en cuenta que toda esta evolución trae de la mano evidentes
riesgos debidos al abuso, que son el derecho a la intimidad y a la propia
imagen el cual es un derecho reconocido por la Constitución Española.
Bibliografía:
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